Reforma al arrendamiento
Si tienes un bien inmueble que esté bajo arrendamiento, esta información puede ser de tu interés
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Noviembre
2019
En la propuesta de reforma a las leyes fiscales se establece que cuando el propietario de un inmueble demande a su inquilino por el incumplimiento de pago, este deberá exhibir el comprobante fiscal que hubiera emitido por el arrendamiento de dicho inmueble. Asimismo, se establece que el juzgado deberá informar al Servicio de Administración Tributaria que se está reclamando el pago de rentas vencidas.
Lo anterior va a conllevar a que, si no expediste el comprobante fiscal por los ingresos del arrendamiento, el propietario del inmueble estaría incumpliendo con las disposiciones fiscales y omitiendo el pago de contribuciones, lo cual va a representar una sanción económica importante para el propietario del inmueble. En otras palabras, con esta reforma se busca que, si el propietario del inmueble quiere demandar a su inquilino porque no le pagó la renta, el SAT se va a enterar y a su vez revisará si el propietario del inmueble realizó los pagos de impuestos del contrato de arrendamiento celebrado.
En la práctica, muchos propietarios de inmuebles no emiten comprobantes fiscales por diversos motivos: porque no se han dado de alta en Hacienda, porque se les hace complejo o bien, porque no quieren pagar impuestos (lo cual no es legal). Desafortunadamente, con esta reforma el inquilino que no reciba el comprobante fiscal de su pago puede abusar al no pagar la renta, a sabiendas de que si lo quieres demandar por incumplimiento de pago, el SAT va a tener conocimiento y podrán revisar al propietario del inmueble si este a su vez cumplió con sus obligaciones fiscales. Los mantendremos informados de los avances de la propuesta a esta reforma fiscal y del alcance final a la misma.
Por: Jesús Sánchez
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