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Opinión

Reformas constitucionales en materia de género

Techo de Cristal

La presidenta Claudia Sheinbaum, dentro de sus primeras acciones de gobierno, ratifica su compromiso con las mujeres de México al enviar un paquete de reformas constitucionales y reformas secundarias a la Cámara de Senadores para proteger y ampliar los derechos de las mujeres. 

Estas reformas planteadas por la mandataria no son cosa menor. A nivel federal y estatal, se ha creado, a lo largo de 25 años, un andamiaje legislativo muy importante en favor de los derechos de las mujeres; sin embargo, aún existen muchos retos en materia legislativa. A nivel estatal, por ejemplo, no se ha logrado concretar en dos legislaturas la armonización de la Ley General de Paridad de Género, que es la que establece la obligatoriedad de los Poderes para integrar en igual número a funcionarias mujeres y funcionarios hombres en la función pública.

La reforma que la Presidenta propone modifica los artículos 4, 21, 73, fracción XXI y el 116. El artículo 4 constitucional incorpora el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, lo que implica que todas las leyes y disposiciones generales tienen que considerar las particularidades de las mujeres y sus derechos humanos.

Por otra parte, las reformas a los artículos 21 y 116 constitucional establecen que las instituciones de seguridad y procuración de justicia de los estados ajustarán sus actuaciones con perspectiva de género.

La reforma propuesta por la Presidenta va enfocada en la obligación de crear una Fiscalía Especializada en Feminicidios en la Fiscalía General de la República y en las Fiscalías de los Estados. Es importante señalar que, en Nuevo León, la Fiscalía General del Estado cuenta con una Fiscalía Especializada en Feminicidios y delitos en contra de las mujeres, así como con el protocolo para la investigación de todas las muertes de mujeres.

Esto implica que, en cuanto una autoridad tiene conocimiento de la muerte de una mujer, se activa el protocolo para la investigación del feminicidio, lo que significa que se tiene la obligación de investigar, a través del ministerio público, el contexto de la muerte para descartar todo tipo de violencia posible de la que pudiera haber sido víctima.

Lo anterior es muy innovador a nivel nacional y comenzó desde la época del primer fiscal, Gustavo Adolfo Guerrero Gutiérrez. Con la reforma propuesta por la Presidenta, esto será obligatorio para todas las entidades federativas, que en muchas ocasiones no lo han implementado por evitar el despunte en la estadística de feminicidios, lo que ayuda a los gobiernos, pero afecta en gran medida a las mujeres, ya que oculta la violencia existente en contra de ellas.

Estas reformas no van a solucionar por sí mismas la violencia contra las mujeres, pero sin duda contribuyen a visibilizar la realidad que vivimos y obliga a todas las autoridades a implementar la perspectiva de género en todas las actividades y servicios que se brindan a las mujeres. La erradicación de la violencia requiere, además, presupuesto para la implementación de programas y la impartición de justicia; eso ya se verá en el paquete fiscal, pero sin lugar a duda es un gran paso que queden plasmados los derechos de las mujeres en nuestra carta magna.

Postdata: Lamentable ver las estadísticas de violencia contra las mujeres que colocan nuevamente a Nuevo León en el primer lugar de feminicidios a nivel nacional; urge cambio de fondo en la estrategia.

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