Nacional

Buscan sancionar hasta con 9 años de prisión por acoso laboral

Con la finalidad de tipificar acoso laboral y sancionar con 1 a 9 años de prisión, buscan presentar iniciativa y que se adicione al Código Penal Federal.

  • Por: Walfre Virgil
  • 15 Enero 2024, 10:05

Con la finalidad de tipificar el acoso laboral y sancionar de 1 a 9 años de prisión a quien lo cometa, la diputada Cynthia Iliana López Castro presentó una iniciativa que adiciona un artículo 260 Bis al Código Penal Federal.

Se define por acoso laboral a cualquier acción por la cual una persona es agredida física, verbal y/o psicológicamente.

Esto se da desde designar los trabajos peores o más degradantes, no asignar ningún tipo de trabajo, exceso de trabajo, tácticas de desestabilización, ignorar a la persona o no dirigirle la palabra, división entre compañeros de trabajo al enfrentarlos o confrontarlos, críticas constantes a la vida privada o íntima de la víctima, terror a través de llamadas telefónicas, o descalificación de la apariencia, forma de arreglo y de vestir de la persona con gestos de reprobación o verbalmente.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2022 se reportaron 109 mil 319 abandonos de empleo de personas que sufrieron algún tipo de maltrato por el desempeño de sus actividades, incluyendo amenazas o hasta agresión física. La cifra representó el 3.4% de todas las renuncias registradas en el país durante ese año.

Según el “termómetro laboral”, de la agencia de empleo OCCMundial, señala que 7 de cada 10 trabajadores señalan que existe acoso laboral en su centro de trabajo.

OCCMundial estima que el 44% de este acoso es ejercido por parte de los patrones, mientras que el 26% se sufre por compañeros de trabajo y el 2% es el superior jerárquico quien lo sufre.  

Si bien, en nuestro país existen leyes específicas de protección a las y los trabajadores como causales de rescisión laboral, la violencia y los malos tratos de parte de un empleador contra el empleado y sus familiares, el acoso laboral no se encuentra tipificado en el Código Penal Federal.

También se plantea que ante la acción de acoso por parte de un servidor público, se le destituya de su cargo y se le inhabilite.

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