Nacional

Diputado propone multas más altas a fabricantes de productos milagro

En su iniciativa para modificar los artículos 128, 128 Bis y 133 de la citada ley, propone incrementar las multas a los fabricantes de esos productos, porque las actuales no corresponden a las ganancias que obtienen por su venta


  • 02
  • Agosto
    2017

El secretario de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, Juan Manuel Cavazos Balderas, propuso triplicar y cuadruplicar las multas a fabricantes de productos “milagro”, porque su uso implica riesgos a la salud de los consumidores.

El legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI) promovió reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor, ya que los laboratorios los venden sin control sanitario, utilizando publicidad engañosa.

En su iniciativa para modificar los artículos 128, 128 Bis y 133 de la citada ley, propone incrementar las multas a los fabricantes de esos productos, porque las actuales no corresponden a las ganancias que obtienen por su venta.

De esta forma, las sanciones económicas previstas en el Artículo 128 pasarían de 702 pesos a dos mil 808, y de dos millones 745 mil a 10 millones 983 mil 612 pesos.

En el caso del precepto 128 Bis, para castigar casos graves, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) podrá castigar con clausura total o parcial y aplicar multas que se elevarían de 146 mil 620 a 586 mil 483 pesos, y de cuatro millones 105 mil 387 a 16 millones 421 mil 549 pesos.

La reforma al Artículo 133 prevé una sanción de hasta 24 millones 632 mil 323 pesos, cuando por un mismo hecho u omisión se cometan varias infracciones y afecten derechos de la infancia, personas adultas mayores, con discapacidad e indígenas.

El diputado federal por el estado de Nuevo León resaltó que el consumo de artículos “milagro” alienta la automedicación, por lo que con esta reforma se inhibiría su producción y distribución a través de medios de comunicación, redes sociales e Internet.

“Las multas propuestas han sido razonadas conforme a la gravedad de los perjuicios causados a la colectividad, la reincidencia y a la capacidad económica de los grandes laboratorios, por tanto no se consideran excesivas”, puntualizó Cavazos Balderas.










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