Nuevo León

Atrasa Gobierno de Nuevo León informes financieros

Estado no publica nóminas, gastos generales y contratos desde abril; maneja dos plataformas confusas que reflejan opacidad y desorden


  • 23
  • Octubre
    2017

La transparencia fue una de las principales promesas de campaña del gobernador Jaime Rodríguez Calderón; sin embargo, a dos años de mandato, ésta brilla por su ausencia, al menos desde el pasado mes de abril.

Y es que el portal de Transparencia del gobierno del estado, herramienta que sirve para que los ciudadanos puedan revisar todo lo relacionado con el uso del erario público, se encuentra olvidado desde el pasado mes de abril.

De esta manera, si cualquier persona desea enterarse del uso del dinero “que la raza paga” en impuestos, se encontrará con que no existe información actualizada sobre la nómina de las dependencias, los gastos generales, contratos de servicios y demás rubros relacionados con los recursos estatales.

Asimismo, quienes desean acceder al portal de Transparencia del gobierno estatal se topan con que existen dos portales: uno al que se accede desde la pestaña de Transparencia del gobierno estatal, y otro, a la que direccionan los buscadores de internet, cuando se requiere saber de temas específicos como nómina, contratos e informes financieros estatales.

Este segundo aparece con la leyenda de “Actualizado hasta octubre del 2017”, sin embargo, al igual que al que se accede a través del Portal estatal, tampoco cuenta con la información reciente.

El mandatario estatal inició su gestión a tambor batiente al transparentar distintas licitaciones; sin embargo, esto no impidió que los casos de corrupción no se presentaran, como ocurrió a tan sólo un mes de iniciado su gobierno, con la simulación en la compra de cobertores.

Violan ley estatal

Los hechos continuaron a lo largo de estos dos años, hasta que el estado optó por ya no actualizar su portal de información pública, pese a ser una obligación establecida en la Ley de Transparencia

“Los sujetos obligados deberán poner a disposición de los particulares la información a que se refiere este Título, en los sitios de Internet correspondientes de los sujetos obligados (...)”, dice el artículo 83.

“La información (...) deberá de actualizarse durante los siguientes treinta días naturales a partir de la fecha en que se generó la misma o a más tardar a los treinta días naturales posteriores de la conclusión del periodo que informa, lo que sea menor, señalando la fecha de su actualización”, añade el artículo 85.





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